A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Rojas Cossio Simón·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Finalidad
- Requisitos de procedencia
- Incumplimiento de la carga argumentativa
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque el auto de corrección no satisfizo todos los requisitos argumentativos indicados en el auto de inadmisión y necesarios para dar inicio a un proceso de control abstracto.
Concluyó la Sala Plena de la Corporación que el recurrente omitió´ exponer las razones por las cuales la providencia censurada incurrió en un error o una arbitrariedad.
Consideró, además, que el demandante sólo propuso un nuevo análisis acerca de la admisibilidad a partir de similares argumentos a los expuestos en la demanda inicial y escrito de corrección, y otros ajenos a la naturaleza del recurso de súplica.
Al no cumplir con la carga mínima de argumentación para dar curso al examen de fondo, se RECHAZÓ el recurso impetrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por el ciudadano Simón Rojas Cossio en el expediente D-16.221, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. Ejecutoriada esta decisión, ARCHIVAR el expediente D-16.221.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.